JurídicoESEN
Order (Auto)April 10, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Mendez Escobar Pedro Jose·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones

✓
Topic · hard data
Controversias Relacionadas Con La Seguridad Social Integral De Trabajadores Oficiales, Independientes O Del Sector Privado.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 21° Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado Quince Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los despachos se suscita por una revocatoria directa presentada por un ciudadano, en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones, a través de la cual solicita revocar parcialmente la Resolución que reconoció una pensión vitalicia de vejez al demandante con el propósito de reliquidar la pensión de vejez, calculando el IBL con el promedio de lo cotizado durante los últimos 10 años, aplicando como tasa de reemplazo el 90%, y reajustar la mesada pensional en forma retroactiva, en valor y conceptos relacionados en escrito de demanda.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena dio aplicación a la regla de decisión del Auto 314 de 2021, según la cual la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer un proceso laboral promovido por un trabajador oficial para obtener una reliquidación pensional.

Lo anterior, porque, si bien una persona de derecho público administra el régimen de seguridad social aplicable al demandante, éste no tuvo la calidad de empleado público al momento de causar la pensión.

En esa medida, no se cumplen los requisitos exigidos por el numeral 4º del artículo 104 del CPACA, para efectos de asignar la competencia a la jurisdicción de lo contencioso administrativo”.

Lo anterior, como quiera que, si bien una persona de derecho público administra el régimen de seguridad social del demandante, esto es, la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-, el demandante no ostentaba la calidad de empleado público al momento de causar la pensión.

En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado 21° Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que le comunique esta decisión al Juzgado Quince Administrativo del Circuito de la misma ciudad, y a las partes procesales.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 21° Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado Quince Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 21° Laboral del Circuito de Cali es el competente para conocer la demanda ordinaria laboral promovida por el señor Pedro José Méndez Escobar en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5150 al Juzgado 21° Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que le comunique esta decisión al Juzgado Quince Administrativo del Circuito de la misma ciudad, y a las partes procesales.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.